Aprobada la venta de las acciones del Recreativo

El Ayuntamiento de Huelva ha dado hoy un paso clave desde el afán de buscar la supervivencia, viabilidad y estabilidad del Real Club Recreativo de Huelva en cuanto Bien de Interés Cultural (BIC). El Pleno municipal, en sesión extraordinaria y urgente, ha aprobado sacar a licitación pública la enajenación de las acciones integrantes del capital social del club pertenecientes al Consistorio -desde que hace dos años fueran expropiadas a Gildoy España para preservar el BIC-, y al ente instrumental Huelva Deporte SL. El acuerdo plenario promovido por el equipo de Gobierno (PSOE) ha contado con el respaldo del PP, IU, Mesa de la Ría y el concejal no adscrito Enrique Figueroa, la abstención de Ciudadanos y los votos negativos de Participa Huelva y el concejal no adscrito Ruperto Gallardo.

A partir de la publicación en el Perfil del Contratante (www.huelva.es) del pliego de condiciones de la venta, arrancará un periodo de ocho días naturales para que los posibles ofertantes concurran a un procedimiento garantista, definiendo los requisitos para que, como ha señalado el alcalde de Huelva, Gabriel Cruz, “no venga cualquiera con la pretensión de vender humo. Para eso -ha apuntado el regidor- hemos hecho un pliego diseñado para posibilitar la venta de acciones con garantías de absoluta legalidad avaladas por el informe del secretario del Ayuntamiento; pero además fijamos los requisitos para recuperar el dinero puesto por el Ayuntamiento y garantizar el futuro del Recreativo. Mientras estemos aquí, no vamos a renunciar a nuestra responsabilidad y compromiso de sacar adelante al Recreativo de Huelva. Aquí está el Ayuntamiento de Huelva para impedir que una seña de identidad tan importante para la ciudad desaparezca”.

El Consistorio se quedará con el 8% de las acciones del club para blindar su potestad de control y fiscalización; y, como ha precisado Cruz, “ponemos como condición que, antes de la firma de la escritura, el adjudicatario pague 650.000 euros”. Un montante destinado a garantizar que el Recre participe la próxima temporada en Segunda B, atendiendo a las deudas con los jugadores, a pagar a la AFE y a dar cumplimiento a los términos recogidos en el concurso de acreedores.

Aunque el tipo de licitación mejorable al alza -en función de la tasación de las acciones- es de cero euros, el expediente recoge una serie de obligaciones económicas por las que el comprador debe reembolsar al Consistorio los 1.804.144 euros que éste, como responsable solidario con el club, adelantó a la Tesorería General de la Seguridad Social; así como los 7.515.180 euros que la Administración municipal anticipó a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Con esta iniciativa se da cumplimiento al compromiso contraído por el alcalde y el equipo de Gobierno cuando se expropiaron las acciones de velar por la protección del BIC evitando su desaparición para, cuando fuera posible, volver a ponerlo en manos privadas, siempre y cuando se acredite la solvencia y experiencia deportiva del futuro propietario. Un paso que se ha dado en circunstancias más favorables a las del año pasado, toda vez que el Consistorio intervino firmando el convenio singular con Hacienda para levantar el embargo que pesaba sobre el Recre.

Velando por el cumplimiento de las obligaciones económicas, se establece la pignoración de las acciones objeto de venta, así como la resolución de la compraventa en caso de incumplimiento total o parcial de dichas obligaciones.

Como garantía de futuro, el pliego marca que la enajenación de las acciones se realizará bajo la condición de que, quienes adquieran las mismas, ya sean personas físicas o jurídicas, en caso de proceder a su ulterior venta, deberán hacer constar en los contratos que a tal efecto suscriban la expresa subrogación del comprador en todos y cada uno de los compromisos establecidos en el pliego y asumidos por el vendedor frente al Ayuntamiento de Huelva, debiendo obtener el previo consentimiento de éste a tal fin y al objeto de comprobar el cumplimiento de los requisitos de solvencia exigidos. El incumplimiento de dicha condición tendrá carácter resolutorio del contrato de compraventa. Esta condición se hará constar también en las sucesivas compraventas de acciones, en caso de producirse.

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