La Liga "no puede dar una opinión favorable" al plan de viabilidad de Krypteia: "no han aportado garantías de ingresos"

HUELVA, 07/08/18 HUELVA - La empresa Krypteia Capital ofrece una rueda de prensa sobre la situacion del Recreativo de Huelva . Hotel Exe Tartessos de Huelva .
Foto: ALBERTO DIAZ huelva hoy
photo_camera HUELVA, 07/08/18 HUELVA - La empresa Krypteia Capital ofrece una rueda de prensa sobre la situacion del Recreativo de Huelva . Hotel Exe Tartessos de Huelva . Foto: ALBERTO DIAZ huelva hoy

(A.S.C.) El plan de viabilidad presentado por Krypteia Capital para la compra del Recreativo de Huelva se basa en “una cifra de ingresos, en nuestra opinión y de acuerdo con clubes comparables, por encima de lo razonable”. Así lo entiende La Liga Nacional de Futbol Profesional, que a renglón seguido reconoce que “en ningún caso se han aportado garantías o justificación de dichos ingresos por encima de ese nivel de razonabilidad referido”.

La Liga también señala que, respecto a la manifestación realizada en el plan presentado, “aportación de 1.500.000 euros va contra deuda a largo plazo”, se debe determinar el vencimiento concreto de dicha aportación, el privilegio en el cobro respecto de la deuda actual existente y garantías reclamadas en su caso”.

De igual modo, en las conclusiones del informa de La Liga, al que ha tenido acceso Huelva Hoy, la entidad destaca que Krypteia no ha aportado plan alguno para el caso de no ascenso de categoría.

También considera que la citada sociedad debe “garantizar una aportación dineraria inicial que haga frente al total de la deuda vecina líquida y exigible y deuda inaplazable”.

En este sentido, precisa que dicha aportación “debe quedar realizada en el momento de formalizar la compra de las acciones, y no ser un mero compromiso. Es más, crear un mecanismo que asegure el pago de la deuda vencida, líquida y exigible y la deuda inaplazable”.

El informe de La Liga, que firma el director general corporativo, Javier Gómez Molina, concluye señalando que “si no se facilitan documentos que demuestren la generalización de los ingresos presupuestados, no podemos considerar de forma razonable que este plan de viabilidad se puede implementar, ya que se sustenta en la mera introducción de datos” y añade que “si los ingresos referidos no están respaldados por contratos y acuerdos comerciales con firmas solventes, no podemos dar una opinión favorable al mismo”.