La sentencia sobre los gastos hipotecarios afecta a miles de onubenses

El Tribunal Supremo ha dictaminado en una reciente sentencia que es el cliente, y no la entidad financiera, quien tiene que hacerse cargo de los gastos más importantes en la firma de una hipoteca. La doctrina del Alto Tribunal supone un varapalo para los hipotecados, y sobre todo un alivio para la banca, que ha sufrido una avalancha de demandas por las cláusulas suelo a raíz de las sentencias del Tribunal de la Unión Europea y del propio Supremo.

Se refiere el Alto Tribunal a los actos jurídicos documentados y al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que abarcan hasta el 70% de los gastos totales de la escritura.

Ahora el Supremo, a pesar de que en una sentencia anterior de diciembre de 2015 dictaminó la abusividad de la cláusula que obliga a la entidad bancaria al pago de gastos e impuestos, inclina la balanza a favor la banca, eximiéndola del pago de actos jurídicos documentados y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, concepto más importante en la escritura y que superaría los 3.000 euros en una hipoteca media. Algo que en Huelva afectará a miles de ciudadanos.

Se elevará una cuestión prejudicial a Europa y el TJUE deberá pronunciarse como ocurrió con las cláusulas suelo

Para este caso, como aconsejan desde el despacho onubense DE VEGA&Asociados, procedería esperar a que el caso llegue al Tribunal de Justicia de la UE –previa elevación de una cuestión prejudicial al tribunal europeo por parte de algún juez–. "Parece que el Supremo vuelve a hacer lo mismo que con las cláusulas suelo, que es intentar minimizar los efectos para la banca", afirma el abogado Javier de Vega, que se muestra optimista en este sentido y espera una resolución favorable al cliente por parte de Europa.  "Suponemos que la cuestión se llevará a Europa y que  el TJUE –como ocurrió con la retroactividad de las cláusulas suelo– volverá a corregir al Alto Tribunal español, cosa que no es buena, porque los ciudadanos podrían perder la confianza en el Supremo".

El letrado del despacho DE VEGA&Asociados señala que la alternativa en estos momentos es "esperar o dividir el procedimiento", es decir, "un procedimiento sobre los otros gastos que sí son exigibles –registro, notaría, inscripción, etcétera– y esperar a que el TJUE dictamine sobre los actos jurídicos documentados y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.