Punta Umbría: Riaumbría defiende la legalidad del proyecto y dice que las objeciones de Costas son "subjetivas"

La empresa Riaumbría ha defendido la legalidad del proyecto 'Residencial William Martin' tras las informaciones aparecidas en los últimos días en diversos medios y asegura que las objeciones de Costas constituyen una valoración "subjetiva". Por todo ello, dicha entidad ha hecho público el siguiente comunicado:

1.- El Proyecto denominado 'Residencial William Martin', por el que se prevé la construcción de dos edificios de 19 plantas en Punta Umbría, ha sido aprobado urbanísticamente por el Ayuntamiento, que es la Administración competente a tal fin.

2.- Que las informaciones que se están propagando no se ajustan a la realidad jurídica y urbanística del proyecto, y se deben a ataques políticos de quien no ha podido hacer valer su opinión particular al respecto por no haber conseguido su propósito en las recientes elecciones.

3º.- Que al día de hoy, la situación urbanística es la siguiente: el Ministerio para la Transición Ecológica ha requerido al Ayuntamiento de Punta Umbría para que deje sin efecto la aprobación definitiva del proyecto, por entender que contradice un determinado informe de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar. Dicho documento no tiene carácter vinculante y del mismo no depende la viabilidad del proyecto.

4º.- Que la legalidad del proyecto está refrendada por la aprobación del Ayuntamiento. En tal sentido, la sentencia del Tribunal Constitucional 149/1991, de 4 julio, aclara que, "sin perjuicio de las competencias de Costas para informar en la materia, para el caso que dicha Administración entienda que existen objeciones, podrá sin duda hacerlas valer, pero dicha objeción no resulta vinculante, pues no es la administración estatal, sino los Tribunales de Justicia a quien corresponde el control de la legalidad de las Administraciones Autónomas y de sus actos administrativos".

5º.- Las objeciones realizadas por Costas constituyen una valoración subjetiva, dado que informa sobre la creación de una "pantalla urbanística", cuando dicha pantalla, de existir, es la que ya existe en los edificios construidos delante de los proyectados.

6º.- Es por ello que la incidencia publicada y magnificada significa un trámite más que solventar, dentro de la normalidad administrativa en su tramitación, sin que el informe emitido por Costas implique la anulación del mismo, cuya legalidad está reconocida por su aprobación municipal y consiguiente concesión de licencia.

7º.- Todo lo que está acaeciendo es una manifestación más de la interesada oposición al proyecto, por intereses particulares y políticos, por parte de quien no ha conseguido el apoyo del pueblo de Punta Umbría a través de las urnas.

Esta empresa manifiesta su firme determinación para seguir adelante con el Proyecto, por ser de absoluta legalidad y por haber sido aceptado y recibido clamorosamente por los ciudadanos de Punta Umbría, por su positiva repercusión económica y social en la localidad, y por supuesto por los adquirentes de las viviendas.