Salud sale al paso de la polémica por los médicos con especialidades pendientes de homologar

Tras la polémica suscitada por los médicos extracomunitarios que ejercen en el SAS sin la especialidad homologada, el delegado de salud de la Junta en Huelva ha querido tranquilizar a la ciudadanía y ha asegurado que solo se trata de un trámite administrativo ante el Ministerio de Sanidad.

Ante la falta de determinados especialistas, las Comunidades Autónomas, están blindando la asistencia sanitaria a la ciudadanía contratando a médicos con el título de medicina general homologado debidamente en España y que han solicitado la homologación de su especialidad médica ante el Ministerio de Sanidad. Las contrataciones de estos especialistas tienen cobertura legal dentro de las Comunidades Autónomas con resoluciones de las mismas que han sido refrendadas por los distintos defensores del pueblo, así como por sentencias, incluso, del Tribunal Supremo.

El Real Decreto 459/2010 de 16 de abril regula el reconocimiento a efectos profesionales de los títulos extranjeros obtenidos en estado no miembros de la Unión Europea. Dicho Real Decreto estable en su artículo 14.2 un plazo de seis meses para la resolución de los expedientes, que en la realidad no se cumple llegando incluso a demorarse hasta 6 años.

El colapso de los miles de expedientes que hay ante el Ministerio de Sanidad demora notablemente la homologación de estas especialidades, con lo que para garantizar la asistencia sanitaria a la población, las Comunidades Autónomas que tienen las competencias en sanidad, están contratando a estos especialistas (siempre que reúnan una serie de requisitos, como que no existan especialistas en bolsas o que tengan el título de medicina general legalmente homologado y hayan solicitado ante el Ministerio de Sanidad el reconocimiento de su especialidad.

Existe una consolidada doctrina jurisprudencial manifestada en múltiples sentencias del Tribunal Supremo recaídas en recursos de casación para la unificación de doctrina de las que, por todas, se pueden citar a título de ejemplo las de 22 de diciembre de 1995 (RJ 1995\9490); de 21 de mayo de 1996 (RJ 1996\4602); 26 de julio de 1996 (RJ 1996\6419); 2 de abril de 1997 (RJ 1997\3579); 2 de diciembre de 1998 (RJ 1998\10189); o 14 de marzo de 2000 (AS 2000\3408), que refrendan las contratación de estos especialistas extracomunitarios de manera excepcional ante la falta de profesionales médicos españoles para garantizar la cobertura sanitaria.