Condenado a 16 años de cárcel por abusar sexualmente de sus dos nietas menores

El acusado aprovechó que ambas niñas se quedaban con frecuencia en su casa para cometer los abusos sexuales entre 2013 y 2018

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a 16 años de cárcel a un hombre acusado de abusar sexualmente de sus dos nietas menores de edad entre los años 2013 y 2018, según recoge la sentencia dictada el día 23 de noviembre y contra la que cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

De este modo, el tribunal condena al acusado por un delito continuado de abuso sexual cometido sobre una de sus nietas -en ese caso hubo penetración vaginal en varias ocasiones- y le impone once años de prisión, la prohibición de comunicarse o aproximarse a menos de 500 metros de la menor durante quince años, cinco años de libertad vigilada y catorce años de inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad.

Asimismo, y por los abusos sexuales continuados cometidos sobre la segunda de las nietas, en los que no se ha probado que hubiera penetración, la Sección Primera condena al acusado a cinco años de cárcel, la prohibición de comunicarse o aproximarse a menos de 500 metros de la niña durante nueve años, cinco años de libertad vigilada y ocho años de inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores.

La Audiencia considera probado que los hechos tuvieron lugar en días comprendidos entre el año 2013 y antes del verano de 2018 en un pueblo sevillano, cuando el condenado aprovechó que las menores se quedaban muchos días en su casa, dada la proximidad entre sus domicilios y la ascendencia que tenía sobre ellas por su edad y la relación afectiva que los unía, para llevar a efecto con ambas actos de contenido sexual cuando se encontraban descansando o durmiendo en los dormitorios de la planta superior del inmueble, según ha informado hoy la oficina de comunicación del TSJA.

En el caso de una de las menores, estos actos comenzaron cuando la misma tenía ocho años y en el marco de los mismos el condenado llegó a penetrarla vaginalmente en varias ocasiones, según el tribunal, que precisa que, para evitar que su nieta contara lo sucedido, el encausado le compraba chucherías y le recargaba la tarjeta de su teléfono móvil, dándole también pequeñas cantidades de dinero que dejaba debajo de la almohada de la cama, pidiéndole que no dijera nada y que era un “secretito” entre ambos. Estos actos de contenido sexual se sucedieron hasta el año 2015, en el que la menor cumplió diez años.

En relación a la segunda de las víctimas, la Sección Primera precisa que fue en abril de 2016, contando la niña con ocho años, cuando el acusado comenzó a realizar en su domicilio actos de contenido sexual sobre la misma, los cuales se produjeron cuando la menor se encontraba en el dormitorio del matrimonio viendo la televisión o durmiendo la siesta y se prolongaron hasta 2018, cuando cumplió diez años. Al igual que a su hermana, el condenado le decía a la niña que no dijera nada porque era un “pequeño secreto” entre ellos.

El sometimiento a estas prácticas de contenido sexual ha supuesto un daño psicológico en el desarrollo integral de las menores, tanto en el área de la sexualidad como en su interrelación con otras personas y autonomía personal, presentando una sintomatología asociada a victimización sexual, por lo que ha sido preciso derivarlas a terapia especializada.