28-M: Ya puedes solicitar el voto por correo

  • La solicitud puede realizarse por la web de Correos o en cualquier oficina de Correos de España.

Ya puedes solicitar el voto por correo para las elecciones municipales que se celebrarán el próximo 28 de mayo.

Los electores que decidan votar por correo, pueden solicitar hasta el 18 de mayo, inclusive, el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral Correspondiente.

La obtención de este certificado es requisito imprescindible para poder realizar el voto por correo y puede ser solicitado vía telemática a través de www.correos.es o en cualquier oficina de Correos de España. 

Solicitud de voto por correo de forma telemática

Los votantes pueden solicitar su voto a través de la web de Correos, www.correos.es, sin tener que acudir en persona a una oficina postal.

En este modelo, el interesado debe acreditar su personalidad mediante la firma electrónica y aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico. 

Solicitud de voto en oficinas

La solicitud de voto por correo puede realizarse de manera presencial en todas las oficinas de Correos de España. Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo caso de enfermedad o discapacidad, debiendo esto ser acreditado mediante certificación médica oficial.

En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su personalidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir, siendo el documento original.

Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, los cuales serán los que enviarán a los solicitantes, a partir del 8 de mayo, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo.

El plazo de depósito del voto por correo finalizará el 24 de mayo de 2023.