Andalucía declarará la arquitectura como Bien de Interés Cultural

En 1985, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, atendiendo a una recomendación de la Comisión de Asentamientos Humanos, designó que el primer lunes de octubre de cada año sería el Día Mundial del Hábitat, con el objetivo de reflexionar sobre el estado de nuestras ciudades, al mismo tiempo que premiar organizaciones o individuos por su excelente contribución a la mejora de las condiciones de los asentamientos humanos.

En 1997, la Unión Internacional de Arquitectos (UIA) decidió sumarse a esta iniciativa y también instituyó el primer lunes de octubre de cada año como Día Mundial de la Arquitectura, coincidiendo con el Día Mundial del Hábitat.

Se conmemora en una sola fecha ambas efemérides por converger entre ambas la misión de mejorar la forma de vida de las personas y el espíritu creativo de estos profesionales, así como la mejora de la calidad de vida en el territorio.

La Arquitectura, entendida como el arte y técnica de proyectar y construir edificios y espacios públicos, y considerada como una de las Bellas Artes, no puede ser entendida únicamente como una actividad mercantil o económica, por ser inherente a esta disciplina su función social.

La expresión arquitectónica es muy amplia e integra una compleja y extensa actividad que se desarrolla tanto o en el ámbito de la ciudad o hecho urbano, como en el suelo rural, y que no se limita a bienes de interés cultural, ni a la ordenación urbanística con la regulación de usos y valores del suelo, sino que alcanza toda labor de definición, edificación y construcción de espacios públicos y privados destinados a albergar la actividad que genera la vida humana. Por ello es necesario reflexionar sobre los parámetros y valores inherentes a la actividad arquitectónica en términos de calidad para poder conjugar la defensa de los valores colectivos e individuales y destacar su valor público como sector económico clave, y de la máxima trascendencia en la definición de la identidad y el bienestar de los ciudadanos. Los espacios públicos y las fachadas de las edificaciones y demás construcciones conforman el entorno de nuestras vidas, de esa forma, en cualquier actuación arquitectónica o edificatoria que afecte a la ciudad o al territorio va implícita la función social de la propiedad en su vertiente de calidad del espacio público, y de ahí la importancia de que esta actividad sea de calidad.

El interés por establecer y concretar los valores de calidad inherentes a la Arquitectura es poder afrontar los retos de identidad socio-espacial, habitabilidad, seguridad y salud pública, y las nuevas demandas sociales, de manera proactiva, flexible, e innovadora, para conseguir la mayor efectividad de las acciones arquitectónicas en el bienestar colectivo, con la perspectiva de posibilitar la adecuada construcción, regeneración y conservación y sostenibilidad de los espacios para la vida, incluidas las viviendas donde se desarrolla gran parte de nuestras vidas.

Es necesario poner la Arquitectura al servicio colectivo, situando al ciudadano en el eje central de las actuaciones de los profesionales con competencias en las materias de la arquitectura, la ingeniería y el urbanismo, avalando el establecimiento de medidas que preserven las garantías sociales y promuevan un ejercicio adecuado de las profesiones que directa o indirectamente trabajan en ese sector de la creación arquitectónica y urbanística.

En estos meses de pandemia generalizada, se ha puesto más aún de manifiesto la necesidad de que los poderes públicos fomenten la arquitectura de calidad para los edificios y entornos construidos, que pueda generar una mayor salubridad en la habitabilidad y uso de esos espacios, tanto públicos como privados. Las viviendas deben responder a unos altos estándares de habitabilidad que deben ser los más adecuados desde un punto de vista de la salubridad. Las políticas públicas han de orientarse a la búsqueda de la calidad en la arquitectura, lo que implica una mejora de las condiciones medioambientales y sociales de todas las edificaciones en las que se desarrolla la actividad humana, especialmente de las viviendas. Ha de fomentarse además el desarrollo de soluciones arquitectónicas inclusivas que favorezcan la integración de las personas con discapacidad (física, sensorial o cognitiva), contemplen el envejecimiento de la población, se adecuen a las nuevas necesidades sociales, incluidas las generadas por la pandemia, y den también una respuesta adecuada a los nuevos estilos de vida.

Finalmente hemos de señalar que este fomento de la arquitectura de calidad, dentro del que se engloba el urbanismo sostenible, es una exigencia ineludible para afrontar cada vez más aspectos ambientales y desafíos climáticos que están determinando las condiciones previas para la planificación y el diseño de nuestro entorno físico.

Por todo ello, el Parlamento de Andalucía:

1º.- Considera que la Arquitectura, en todos sus ámbitos, debe considerarse como un bien de interés general y que como tal requiere que se reflexione y se analicen los parámetros y valores inherentes a la actividad arquitectónica que generen un producto de calidad que garantice la función social que todo bien edificado o entorno construido tiene, en un mayor o menor grado.

2º.- Se muestra favorable a que el Consejo de Gobierno de la Junta Andalucía, en el ejercicio de sus funciones, atienda al interés general que supone la Arquitectura para la sociedad andaluza con los siguientes objetivos, entre otros:

a) fomentar con carácter general la calidad en la actividad arquitectónica, con atención a todos los factores que influyen en ella, para así poder conjugar la defensa de los valores colectivos e individuales que en ella se concentran y destacar su valor público como sector económico y constructor de la identidad y el bienestar de los ciudadanos.

b) promover la defensa y fomento de la calidad de la Arquitectura como bien de interés general, en defensa de dicho bien común, en el ámbito de competencia de la Comunidad Autónoma Andaluza.

c) establecer los criterios en base a los cuales las Administraciones Públicas deben proteger y fomentar la calidad en la arquitectura, sentando las bases para un ejercicio responsable de la misma, que fomente la expresión arquitectónica artística y creativa, que genere calidad y valor arquitectónicos para disfrute de los ciudadanos, enriqueciendo el patrimonio cultural, arquitectónico y urbano de nuestras ciudades y territorios.

d) La Arquitectura de calidad debe servir para salvar las diferencias considerables que se encuentran dentro de las ciudades en relación a las oportunidades económicas y sociales existentes en cada zona. En ese mismo sentido, debe valer para mitigar las diferencias de calidad medioambiental que se encuentran hoy en día.

e) reconocimiento del impacto positivo de la Cultura del Habitar de alta calidad en el bien común y a reconocer la responsabilidad de cada colectivo para contribuir en su aplicación.