Golpe definitivo al dragado del Guadalquivir: El TS lo anula por ser "dañino" para Doñana

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha anulado el Plan Hidrológico de Guadalquivir, en lo que se refiere al dragado del canal de navegación del río, al considerar que dicha medida requiere una justificación de mayor grado de intensidad que la realizada por la Administración, al afectar a un espacio especialmente protegido como es el Parque de Doñana.

El tribunal estima parcialmente el recurso interpuesto por WWF-ADENA y declara nulo parte del Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos, en lo que atañe al Plan Hidrológico del Guadalquivir.

En su recurso, alegaban, entre otros motivos, que la inclusión del dragado del río Guadalquivir en dicho Plan no cumplía con las condiciones exigidas en el artículo 39 del Reglamento del Plan Hidrológico (RPH) para realizar nuevas modificaciones físicas o alteraciones de masas de agua.

Los recurrentes sostenían también que se anteponía el dragado a los objetivos medioambientales de un espacio protegido como Doñana y que, además, no cumplía con la Directiva Habitats ni con la sentencia del Tribunal Supremo, de 26 de febrero de 2015, que ya anuló la anterior planificación de 2013 en cuanto a la actuación del dragado, debido a que los motivos de las modificaciones de agua no se consignaron ni explicaron específicamente en el Plan del Primer Ciclo de Planificación de 2009-2015.

Tras analizar la Memoria de dicho Plan, la Sala concluye que "no se reflejan con la necesaria precisión todas las condiciones que han de cumplirse para llevar a cabo la actuación del dragado en cuestión". En este caso, según afirman los magistrados, la justificación de dichas condiciones exigidas por el artículo 39 de RPH requiere "el mayor grado de intensidad atendiendo a la especial protección medioambiental del Parque de Doñana y los riesgos que la actuación supone para la funcionalidad del mismo".

Estos riesgos, según recuerdan, ya han sido valorados en informes previos y considerados por la misma Sala en sentencia de 26 de febrero de 2015, acreditando en su caso que dicha situación del estuario ha mejorado y permite la actuación del dragado en las condiciones legalmente establecidas".

El secretario general de WWF España, Juan Carlos del Olmo, subraya que este fallo es "el golpe definitivo para uno de los proyectos más dañinos que amenazan Doñana".

"Tras más de 15 años luchando contra este proyecto injustificable, hoy es un gran día para Doñana, la naturaleza y para todas las personas que viven del rico Estuario del Guadalquivir", concluye.