El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dado un paso decisivo en la persecución del petaqueo, la actividad dedicada al suministro de combustible a las narcolanchas que operan en alta mar. El alto tribunal ha revocado una sentencia de la Audiencia de Cádiz que absolvió a un acusado del delito de tenencia de sustancias inflamables y ha confirmado que este tipo de conductas deben castigarse conforme al Código Penal.
La resolución supone un cambio relevante en el criterio judicial seguido hasta ahora. El TSJA considera que la tenencia ilegal y el transporte de grandes cantidades de gasolina encajan en el artículo 568 del Código Penal, que castiga la posesión y traslado no autorizado de sustancias inflamables, sin necesidad de acreditar una intención concreta de causar daño.
En este caso, el tribunal ha condenado al acusado a cuatro años de prisión por el delito de tenencia ilegal y transporte de combustible, al entender que asumía conscientemente el grave riesgo que implica manejar gasolina en alta mar. A esta pena se suma el endurecimiento de la condena por delito contra la salud pública, que pasa de cuatro años y medio a ocho años de cárcel tras aplicarse la agravante de multirreincidencia.
De este modo, la condena total asciende a 12 años de prisión, además de dos multas de 180.000 euros cada una. El acusado contaba con tres sentencias firmes anteriores por delitos contra la salud pública, un factor que ha resultado determinante para el incremento de la pena.
Los hechos se produjeron el 20 de febrero de 2024, cuando la Guardia Civil detectó varias embarcaciones semirrígidas amarradas a una boya durante una operación de vigilancia marítima. Al percatarse de la presencia policial, las embarcaciones emprendieron la huida, aunque los agentes lograron interceptar una de ellas. En su interior se incautaron 52 garrafas de gasolina, con un total de 1.300 litros de combustible, además de hachís.
En su argumentación, el TSJA subraya que “la conducta enjuiciada consistió en la tenencia ilegal de 1.300 litros de gasolina y en su transporte por vía marítima”, destacando que el acusado conocía “la peligrosidad por el carácter extremadamente inflamable y volátil de dicho producto” y asumía ese riesgo.
El tribunal también pone el foco en la proliferación del petaqueo en las costas andaluzas, vinculado al aumento del tráfico marítimo de hachís procedente del norte de África. Según la sentencia, se trata de una actividad que no solo afecta a la salud pública, sino que supone un riesgo directo para la seguridad pública, lo que justifica una respuesta penal más contundente.
Con este fallo, el TSJA marca una línea clara en la lucha contra el petaqueo a la espera de que el Tribunal Supremo unifique doctrina, cerrando la puerta a interpretaciones más laxas sobre el transporte de combustible destinado a las narcolanchas.