El TSJA condena a la Subdelegación por "restringir el derecho a reunión"

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha condenado a la Subdelegación del Gobierno en Huelva por "restringir el derecho de reunión" al sindicato de funcionarios de prisiones ACAIP al prohibir una concentración prevista para el próximo 9 de agosto.

El TSJA estima el recurso interpuesto por ACAIP contra la orden de la Subdelegación que denegaba la autorización para la concentración.

ACAIP, dentro de un conjunto de movilizaciones a nivel nacional, solicitó el pasado 17 de julio autorización para celebrar dicha concentración a las puertas de la Subdelegación del Gobierno de Huelva.

La Subdelegación rechazó esta petición y la autorizó en otro lugar, basándose en un informe del jefe de la Brigada de Seguridad Ciudadana de la Comisaría Provincial, que alegaba que se trataba de una calle peatonal por la que sólo circulan vehículos de emergencia, que podían ver dificultado su paso, y que también se podría dificultar el movimiento de los ciudadanos.

Considera el TSJA que la administración "no justifica un riesgo racional, grave y concreto para el orden público o la seguridad de las personas o los bienes, sino que se limita a invocar potenciales inconvenientes".

Por tanto, concluye que la resolución administrativa "no resulta razonable y proporcionada, efectuando una restricción al derecho fundamental de reunión y manifestación no justificada", por lo que estima el recurso, anula la resolución y autoriza la concentración en los términos solicitados, condenando a en costas a la Administración demandada con un límite de 600 euros.

ACAIP, en un comunicado, se ha congratulado de que "los Tribunales de Justicia hayan puesto las cosas en su sitio devolviendo a sus justos términos un derecho fundamental como lo es el de reunión y manifestación".