Huelva regula los patinetes: velocidad máxima de 25 km/h y multas de hasta 400 euros

La Policía Local podrá inmovilizar o retirar los patinetes que incumplan la normativa
Patinetes eléctricos. Fuente: Facebook Ayuntamiento de Huelva
photo_camera Patinetes eléctricos. Fuente: Facebook Ayuntamiento de Huelva

El Ayuntamiento de Huelva ha aprobado la ordenanza que regula el uso de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal en la ciudad, con el objetivo de mejorar la seguridad vial y evitar situaciones de riesgo en calles, calzadas y espacios compartidos con peatones.

La regulación llega tras el aumento de este tipo de vehículos en el entorno urbano y establece de forma detallada por dónde pueden circular, a qué velocidad, qué requisitos deben cumplir los usuarios y qué sanciones se aplicarán en caso de incumplimiento.

En cuanto a la circulación, los patinetes eléctricos no podrán circular por aceras ni por espacios reservados exclusivamente a los peatones, tampoco por carriles bus o taxi, autovías, travesías ni por vías con pendientes superiores al 15%. Sí podrán hacerlo por la calzada, donde la velocidad máxima permitida será de 25 km/h, y deberán circular preferentemente por el carril derecho.

En los carriles bici segregados del espacio peatonal también podrán circular hasta un máximo de 25 km/h, mientras que en carriles bici no segregados y aceras-bici el límite se reduce a 10 km/h. En zonas peatonales compartidas, la velocidad máxima será igualmente de 10 km/h y, si existe aglomeración o no se puede mantener una distancia mínima de metro y medio con los peatones, el conductor deberá bajarse del vehículo y continuar a pie.

La normativa fija una edad mínima de 15 años para poder utilizar estos vehículos en la vía pública. El uso del casco homologado será obligatorio en todos los casos, al igual que llevar luces delanteras y traseras encendidas en cualquier momento del día. Además, se exige contar con elementos reflectantes y sistemas de frenado adecuados.

Entre las prohibiciones más destacadas se encuentra transportar pasajeros, utilizar auriculares o teléfonos móviles durante la conducción, circular bajo los efectos del alcohol o las drogas, realizar maniobras peligrosas, competiciones o agarrarse a otros vehículos en marcha. Tampoco se permitirá circular con patinetes durante la celebración de eventos culturales, deportivos o religiosos.

Otro requisito relevante es la obligación de disponer de un seguro de responsabilidad civil y de la documentación del vehículo. No obstante, se establece un periodo transitorio para los patinetes comercializados antes del 21 de enero de 2024, que podrán seguir circulando sin certificado hasta enero de 2027.

El régimen sancionador contempla multas de entre 50 y 100 euros para infracciones leves, de 100 a 200 euros para las graves y de hasta 400 euros para las muy graves, como manipular el vehículo para superar la velocidad permitida o reincidir en infracciones. En determinados casos, la Policía Local podrá inmovilizar o retirar el patinete.

Con estas medidas, el Ayuntamiento busca ordenar una forma de movilidad ya consolidada en la ciudad, mejorar la convivencia entre peatones y usuarios de patinetes y reforzar la seguridad en el uso del espacio público. La normativa entrará en vigor 15 días hábiles después de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.