Los servicios jurídicos de AUGC Huelva han logrado una indemnización de más de 5.500 euros para uno de sus afiliados, por unas lesiones sufridas en un acto de servicio en mayo de 2015 causadas por un detenido.
En un primer momento, el Estado desestimó la reclamación de indemnidad a este afiliado con motivo de unas lesiones causadas por un detenido, condenado por sentencia firme a indemnizarlo con 5.550 euros, y que después fue declarado insolvente.
La petición del afiliado fue realizada en febrero de 2022, invocando el derecho a ser resarcido y tras la revisión de todos los procedimientos que ha llevado el servicio jurídico de AUGC HUELVA en el despacho del letrado de la Asociación Juan Rodríguez.
La administración rechazó la solicitud por considerar que había sobrepasado el plazo para peticionar la indemnización, sin tener en cuenta las sentencias del Tribunal Supremo.
Por su parte, la Sentencia de la Audiencia Nacional de Madrid, estima la reclamación efectuada por los Servicios Jurídicos de AUGC HUELVA. Después de esta sentencia y de las que se han presentado como pruebas en la Audiencia Nacional, queda claro que el principio de indemnidad no empieza con la sentencia donde se condena a los daños, sino desde el momento en que se peticiona la indemnización al estado, lo que abre la puerta a que todos los guardias civiles que tuvieran pendiente indemnizaciones por lesiones, a que peticionen la declaración de insolvencia y posteriormente peticionen el abono de las mismas al Estado.