Un juzgado falla contra Bankinter y anula el clausulado multidivisa de una hipoteca de la entidad

Audiencia Provincial de Huelva

El Juzgado de 1ª Instancia número 5 de Huelva ha anulado el clausulado multidivisa de una hipoteca contratada en 2008 con Bankinter y ha condenado a la entidad financiera a “recalcular” en euros el importe de la cantidad abonada o amortizada en concepto de capital e intereses. La cifra resultante deberá ser restada del saldo pendiente de abonar, que también quedará determinado en euros mediante su recálculo. Igualmente se condena a la demandada al abono de las costas procesales.

Así aparece en el fallo de la sentencia emitida por el magistrado Antonio Francisco Moreno Bergareche como resultado del juicio celebrado el pasado 30 de junio a raíz de la demanda contra Bankinter SA, impulsada y defendida por el despacho Hernández Cansino y Domínguez Abogados.

La hipoteca, por un importe de 63.785.803 yenes (moneda de Japón), al cambio en el momento de la firma 394.000 euros, fue suscrita por tres titulares para cancelar un préstamo anterior a raíz de ser informado el demandante por Bankinter de que con “la nueva hipoteca multidivisa iba a pagar la mitad de lo que pagaba en la otra entidad, porque en Japón habían salido de la crisis”. Sin embargo, el resultado fue que “enseguida empezó a pagar más de lo que pagaba en euros”porel préstamo previo.

En el apartado de fundamentos del derecho de la sentencia se recoge que “no consta” que al suscritor de la hipoteca“se le informara, de forma expresa y precisa, de que el tipo de cambio de la moneda podía afectar a la cantidad que al final habría de devolver, ni tampoco que se le informara de cuál era ese tipo de cambio en el momento de concertar el préstamo ni tampoco de cuáles las previsiones acerca de su evolución”.

Según la sentencia, “ello es lo que ha provocado que ante la disminución del diferencial de cambio, de forma más llana al haberse apreciado el yen en relación con el euro, haya aumentado la cifra de euros que en definitiva ha de invertir o desembolsar el prestatario para la compra de los yenes necesarios para devolver el préstamo”.