La Junta de Andalucía ha aprobado un decreto ley para regular las ayudas destinadas a las víctimas directas e indirectas del accidente ferroviario ocurrido el pasado 18 de enero en Adamuz, en la provincia de Córdoba. La medida contempla ayudas económicas para las personas lesionadas y para las familias de los 46 fallecidos en el siniestro.
El Consejo de Gobierno ha dado luz verde a esta norma tras la propuesta realizada por el Comisionado creado específicamente para el seguimiento y apoyo a las personas afectadas por el accidente ferroviario. El objetivo es complementar las ayudas económicas estatales con nuevas medidas impulsadas por la administración andaluza.
Las cuantías previstas para las personas que sufrieron lesiones físicas oscilan entre 481 euros y 16.828 euros, dependiendo de la gravedad de las secuelas derivadas del accidente. Por su parte, las familias de cada una de las personas fallecidas recibirán una ayuda de 14.424 euros.
La Junta ha explicado que estas ayudas estarán exentas de tributar en el tramo autonómico del IRPF y se abonarán en un único pago en un plazo máximo de dos meses desde la presentación de la solicitud.
El decreto establece además que la convocatoria deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en un plazo máximo de 15 días desde la entrada en vigor de la norma. A partir de ese momento, los afectados dispondrán de tres meses para solicitar las ayudas tanto por vía telemática como presencial.
Según recoge la Junta, muchas víctimas continúan afrontando importantes gastos derivados del accidente ferroviario ocurrido hace más de tres meses. Entre ellos figuran tratamientos psicológicos, rehabilitación, adaptación de viviendas para garantizar accesibilidad o desplazamientos judiciales al Tribunal de Instancia de Montoro, encargado de la investigación del caso.
La administración andaluza también destaca que algunos afectados no perciben prestaciones al no encontrarse dados de alta en la Seguridad Social en el momento del accidente, además de presentar dificultades para reincorporarse al mercado laboral debido a la gravedad de las lesiones sufridas.
En cuanto a las ayudas por fallecimiento, podrán beneficiarse los cónyuges o parejas de hecho y los hijos de las víctimas. En ausencia de estos, las ayudas podrán corresponder a progenitores, ascendientes de segundo grado o hermanos, repartiéndose el importe a partes iguales cuando existan varios beneficiarios.
La Junta considera que la gravedad del accidente provocó una enorme conmoción social y defiende la necesidad de mantener una atención sostenida a las víctimas y sus familias para intentar reducir el impacto económico derivado de la tragedia.