La Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio va a realizar este año un total de 1.223 inspecciones para comprobar si las distintas instalaciones industriales y de depuración cumplen los condicionantes recogidos en las autorizaciones de vertidos, así como los requisitos exigidos por la legislación medioambiental. De ellos 268 se realizarán en la provincia de Huelva.
En concreto, se prevé durante 2017 la realización de 748 controles de vertidos a dominio público hidráulico y 475 al litoral.
Así, a través de este Plan Anual de Inspecciones se llevarán a cabo en la provincia de Almería 159 controles de vertidos a dominio público hidráulico y 64 al litoral, en Cádiz 245 y 162, en Granada 63 y 19, en Huelva 133 y 135, en Málaga 145 y 44, y en Sevilla 3 y 31.
Las actuaciones, publicada hoy día 9 de junio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), se desarrollarán en aquellos núcleos urbanos de más de 250 habitantes equivalentes cuyo vertido esté sujeto al otorgamiento de una autorización, cuenten o no con ella. También se realizará en aquellas actividades e instalaciones cuyos vertidos de naturaleza industrial tengan autorización o esta esté en trámite.
Esta actuación contempla inspecciones rutinarias o programadas (comprobar que se cumplen los requisitos medioambientales) y otras de carácter puntual previas al otorgamiento de una autorización o como consecuencia de una denuncia o incidente. La periodicidad con la que se realizan estos controles se establece según el tipo de vertidos: urbanos o industriales. Para el primero de ellos se tendrá en cuenta el número de habitantes equivalentes, el grado de contaminación, las características del medio receptor o de los in-cumplimientos detectados con anterioridad; mientras que para el segundo la regularidad de los controles dependerá del tipo de industria y del volumen de vertido, así como de la presencia o no de sustancias peligrosas.
Esta iniciativa se desarrolla en el marco de la Ley (9/2010) de Aguas de Andalucía y de su reglamento de vertidos, donde se establecen los planes de inspecciones como fórmula idónea para prevenir los posibles impactos negativos y garantizar el cumplimiento de los condicionados ambientales, aplicables a las diferentes actuaciones con incidencia en el medio natural. Según recoge esta norma, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio es la administración competente encargada de realizar los controles en función de la adecuación de las instalaciones de tratamiento de los vertidos, los incumplimientos detectados con anterioridad, así como de la población atendida o del volumen que vierte la industria. También se tendrá en cuanta la peligrosidad del vertido industrial, la existencia en núcleos urbanos de un número importante de industrias o de fábricas altamente contaminantes por la toxicidad potencial de sus vertidos o por el volumen de los mismos o por la presencia de espacios naturales protegidos y de especies en peligro.