Un dictamen de la UHU asegura que el proyecto residencial William Martín no incumple la Ley de Costas

La sociedad Riaumbría ha expresado hoy su satisfacción por el contenido del Dictamen que ha emitido la Universidad de Huelva determinando que el informe emitido por la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar contra la modificación nº 17 del PGOU de Punta Umbría que autoriza el proyecto urbanístico William Martin no es conforme a Derecho. Riaumbría considera que la contundencia de los argumentos defendidos por la Universidad de Huelva deben conducir a que Costas y el Ministerio para la Transición Ecológica retiren el recurso contencioso administrativo que han presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Riaumbría ha querido someterse al pronunciamiento de una institución independiente como es la Universidad de Huelva para poder disponer de un dictamen jurídico y urbanístico externo a esta empresa y a la propia Dirección General de Costas que determine precisamente si la actual Ley de Costas es aplicable o no a determinados suelos del municipio de Punta Umbría, entre los que se encuentran los terrenos donde se desarrollará el proyecto urbanístico William Martin.

El Dictamen está firmado por José Zamorano Wisnes, profesor asociado de Derecho Administrativo, y por María del Carmen Núñez Lozano, catedrática de Derecho Administrativo, ambos de la Universidad de Huelva y establece de forma clara que la Ley de Costas no es aplicable a los terrenos donde se desarrollará el proyecto William Martin y que además el citado proyecto no entraña la formación de pantallas arquitectónicas.

Hay que tener en cuenta que los terrenos afectados son urbanos en este municipio desde el año 1985 y la Ley de Costas entró en vigor, tres años después en 1988. En este sentido la Universidad de Huelva aporta en su documento hasta 10 argumentos en forma de conclusiones para establecer que el informe desfavorable emitido por Costas el pasado día 19 de febrero contra la modificación nº 17 del PGOU de Punta Umbría aprobada por el Ayuntamiento de Punta Umbría no se ajusta a Derecho.

Este dictamen de la Universidad de Huelva es un documento clave que puede marcar un futuro procedimiento judicial una vez que la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar ha presentado un requerimiento ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía informando de la interposición de un recurso contencioso administrativo contra el acuerdo aprobado el pasado mes de mayo por el Ayuntamiento de Punta Umbría para la Modificación Puntual nº17 del PGOU de Punta Umbría que da vía libre al proyecto William Martin.

Sin embargo, Costas aún no ha presentado ante el TSJA la demanda con el contenido y los argumentos concretos en los que basa esta consideración. Por ello Riaumbría considera que tras el dictamen de la Universidad de Huelva el Ministerio para la Transición Ecológica debería desistirse en su recurso, máxime cuando Costas ha caído en todo este procedimiento en continuas contradicciones.

El último informe de Costas del pasado mes de febrero de 2019 contradice hasta tres informes emitidos por este Organismo, los cuales daban vía libre al Ayuntamiento de Punta Umbría para acometer esta actuación urbanística.

Ríaumbría basa su actuación especialmente en dos de los tres informes de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar que dan luz verde al proyecto ya que en ambos se llegan a repetir los mismos argumentos. Los informes tienen fecha de 4 de octubre de 2012 y 12 de junio de 2013. Ambos están firmados por el Jefe de Planeamiento de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, José Mª de Miguel Carpintero, y se refieren a la Modificación puntual nº5 del PGOU de Punta Umbría que emprende el Ayuntamiento de esta localidad para ordenar todo el espacio urbano ocupado por la zona de aparcamientos y los depósitos de agua en desuso junto al cuartel de la Guardia Civil y que da lugar luego a la modificación nº17.

En los dos informes, como conclusión final, se expone que “dado que el ámbito objeto de la Modificación se encuentra fuera de dominio público-terrestre y de la zona de servidumbre de protección, y no está afectado por las determinaciones de la Ley de Costas, esta Dirección General no tiene nada que objetar a la Modificación Puntual nº5 del PGOU de Punta Umbría”. El pronunciamiento de Costas se basa en que los suelos urbanos de Punta Umbría no están afectados por la Ley de Costas ya que los terrenos son urbanos en este municipio desde 1985 y la citada Ley entró en vigor, tres años después en 1988.