Darse a la fuga tras un accidente será castigado con cárcel desde este domingo

Este domingo entra en vigor la nueva Ley Orgánica 2/2019 que modifica a la anterior, del 10/1995 del Código Penal, en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor y sanción del abandono del lugar del accidente.

Este sábado ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la reforma del Código Penal aprobada por el Congreso que endurece las penas por imprudencias al volante, al incluir como agravantes el exceso de velocidad y el consumo de drogas o alcohol y que vuelve a penalizar las lesiones causadas por estas conductas, además de sancionar el abandono del lugar del accidente.

El texto se asienta sobre tres principales ejes: la introducción de tres supuestos que se van a considerar imprudencia grave por disposición de la ley, el aumento de la punición por este tipo de conductas y la introducción del delito de abandono del lugar del accidente, que será sancionado con hasta cuatro años de cárcel.

Asimismo, con la reforma, se considerará "imprudencia grave" al volante en estos tres supuestos: exceso de velocidad, conducción bajo la influencia del alcohol y bajo influencia de drogas, agravándose así la pena.