
Vilaplana deniega unas diligencias al haber “transcurrido” ya “los plazos de instrucción”
N. Acedo
En los juzgados la perdurabilidad es vencida por la velocidad a la que se suceden las instrucciones y los plazos judiciales, que no perdonan. En la pieza de la “macrocausa” de los expedientes de regulación de empleo (ERE) subvencionados por ex gobiernos socialistas andaluces y presuntamente fraudulentos que gira en torno al pago de sobrecomisiones, el representante procesal de unos de los investigados presentó un escrito para pedir al juzgado instructor, el número 6 de Sevilla, que requiriera a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que “culminara” un trabajo que empezó y cuyo resultado recogió en un atestado de 2016 que tilda de “provisional”. Pretendía que los investigadores informaran al órgano judicial del “resultado final” de sus pesquisas en relación en concreto a si la Asociación de la Faja Pirítica de Huelva (AFPH), implicada en el “macroproceso”, recibió fondos procedentes de los entes de la Junta IFA/agencia IDEA, que actuaron de cajas pagadoras de los ERE, “cuyo destino final” era el abono de “las pólizas a las aseguradoras”. Quería conocer, en definitiva, según se deduce del escrito al que ha tenido acceso Huelva Hoy, la cuantificación real de las comisiones sufragadas a uno de los encausados, en el caso de que se pudiera cifrar, pero no podrá saberlo.
En una providencia fechada el pasado 9 de noviembre y consultada también por este diario, el juez de refuerzo José Ignacio Vilaplana indica que “no ha lugar a la práctica” de las “diligencias interesadas”, teniendo en cuenta que “han transcurrido los plazos de instrucción, de conformidad con lo establecido en el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim)”, que actualizó tiempos y fijó que la investigación judicial se desarrollará en un máximo de 12 meses desde la incoación de la causa, prorrogables por periodos iguales o inferiores a seis, siempre que se pida y se acuerde la extensión antes de la finalización del año marcado de inicio o sus prórrogas, excedidas ya en esta pieza, según reconoce el propio Vilaplana.
En ese punto, fuentes judiciales apuntan que con su decisión, que podría abrir la puerta a absoluciones, el magistrado busca “evitar llamar la atención sobre la incorporación indebida de pruebas al procedimiento, con la consiguiente nulidad, pero, a su vez, reconoce que en su momento la instrucción llegó a su término cabal, de modo que tiene que tomar una resolución con el material probatorio que tiene y, si le parece insuficiente en todo o en parte, habría de acordar el archivo o sobreseimiento total o parcial”. Todo ello, siendo consciente de que las defensas de la “macrocausa” de los ERE, y de otras similares, miran ya con lupa los calendarios para pedirlo.
Las fuentes judiciales sondeadas auguran que esta decisión de Vilaplana se repetirá en el futuro, “bien en forma de archivo o de sobreseimientos individuales”, y no será ésta la única prueba que deniegue en los próximos meses. Se corre el riesgo, avisan, de que las instrucciones queden “inacabadas y carentes de un mínimo suficiente de carga probatoria para permitir a las acusaciones, en particular al Ministerio Fiscal, poner en marcha una intervención procesal con un mínimo de posibilidades de éxito”.
Más de 66 millones
De vuelta al bloque de las comisiones, cabe rescatar de la memoria que en un informe de 2014 de la Dirección General de Seguros del Ministerio de Economía, insertado en el sumario y que se elaboró a petición de la instructora primigenia del caso, la jueza Mercedes Alaya, se recoge que se pagaron más de 66 millones de euros por encima de la media del mercado ligadas a los ERE.