Este miércoles se celebra el juicio rápido contra los agresores del policía local de Punta

Los tres acusados por su supuesta relación con la agresión a un policía local de Punta Umbría el pasado día 7 de agosto en la playa de la localidad se enfrentan este miércoles, a las 10.10 horas a un juicio rápido en el Juzgado de lo Penal 1 de Huelva.

En esa trifulca resultó herido de arma blanca el subinspector jefe de la Policía Local de la localidad en el marco de un dispositivo contra la venta ambulante ilegal.

Para el principal acusado, que se encuentra en prisión provisional, comunicada y sin fianza, el Ministerio Fiscal pide la pena de cuatro años de prisión. Para el otro vendedor ambulante ilegal presuntamente implicado, hermano del anterior, pide un año y medio de prisión y para el bañista que supuestamente intercedió en el tumulto en defensa de los vendedores ilegales una multa de 2.520 euros.

En concreto, la acusación particular se adhirió a la petición del fiscal y la defensa del principal acusado reconoció los hechos y consignó indemnizaciones. No obstante, las otras dos defensas no reconocieron los hechos y no están de acuerdo con la calificación de los delitos.

Según el escrito de acusación de la Fiscalía, el Ministerio Público considera que el principal acusado ha incurrido en los presuntos delitos de atentado a agente de la autoridad, subtipo agravado de empleo de instrumento peligroso, en concurso ideal con un delito de lesiones con instrumento peligroso, así como cuatro leves de lesiones.

Así las cosas, el Ministerio Fiscal solicita para él la pena de cuatro años de prisión por el delito de lesiones en concurso ideal con el atentado a agente de la autoridad, así como por cada uno de los delitos leves de lesiones la pena de dos meses de multa con cuota diaria de seis euros (un total de 1.440 euros), sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas.

En concreto, indica que concurre la circunstancia atenuante analógica de leve afectación psicológica puesto que "está diagnosticado de retraso mental ligero, que si bien repercute escasamente en sus funciones cognitivas, lo hace de forma más acusada en las volitivas". Igualmente sufre de hipoacusia, de manera que "ambos trastornos, actuando de forma concomitante, afectaron de forma leve en el momento de los hechos a sus facultades cognitivas y volitivas".

Los hechos se produjeron sobre las 13,45 horas del 7 de agosto, cuando dos agentes de la Policía Local de Punta Umbría estaban desarrollando labores de vigilancia ciudadana, debidamente uniformados, por la zona de la playa conocida como 'Apartamentos Calypso', de la localidad de Punta Umbría, pudieron apreciar cómo varias personas se estaban dedicando a la venta ambulante sin la debida autorización.

"Al aproximarse y requerir a los vendedores que cesaran en su actividad, estos prestaron una oposición clara a deponer su actitud lo que llevó a los agentes, por cuestiones de seguridad, a solicitar refuerzos, acudiendo cinco gentes de la Policía Local", prosigue la Fiscalía.

En ese momento, "movido por un ánimo de menoscabar el principio de autoridad", comenzó a forcejear con los agentes de la Policía Local de Punta Umbría, al tiempo que se dirigía a los mismos con expresiones tales como "cabrones, perros, nos estáis robando".

Acto seguido, el acusado, "movido tanto por un ánimo de menoscabar el principio de autoridad como el de menoscabar la integridad física del subinspector de la Policía Local y portando una navaja de 16 centímetros de hoja y mango de 20 de centímetros, se abalanzó sobre el mismo y le propinó varios cortes y puñaladas".

Como consecuencia de su ímpetu, según prosigue la Fiscalía en su escrito, "el acusado logró derribar al agente de la Policía local de Punta Umbría antes mencionado, no cesando en su agresión mientras el policía estaba en el suelo".

Como consecuencia de la agresión, el subinspector jefe de la Policía Local de Punta Umbría sufrió, entre otras, lesiones en el codo y palma de la mano, así como una laceración en región del tórax de tres y cuatro centímetros sin afectación de planos profundos, una laceración toraco-abdominal izquierda de tres y cuatro centímetros en región costal inciso contusa, erosiones superficiales a nivel cervical.

Las mismas han requerido para su sanidad de tratamiento médico consistente en evaluación, sutura de heridas y analgésicos. El periodo de curación ha sido de 15 días, ocho de ellos de perjuicio personal particular y siete de pérdida temporal de la calidad de vida moderada. Constan como secuelas cicatrices lineales en regiones correspondientes a las anteriores heridas, constitutivas de perjuicio estético ligero. No obstsnte, "dichas lesiones no constituyeron peligro vital para el perjudicado".