Rechazan la petición de libertad provisional de Bernardo Montoya

La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Valverde del Camino ha rechazado la petición de libertad provisional planteada por la defensa de Bernardo Montoya, investigado por el asesinato de la profesora Laura Luelmo en el mes de diciembre de 2018 en el Campillo, al tiempo que ha indicado que "la declaración autoinculpatoria de Montoya está válidamente documentada".

En un auto dictado el día 21 de mayo, que es recurrible y por tanto no es firme, la instructora deniega la solicitud planteada por el abogado del investigado y mantiene la medida cautelar de prisión provisional, comunicada y sin fianza que fue adoptada el día 22 de diciembre del pasado año por presuntos delitos de detención ilegal, agresión sexual y asesinato.

En su escrito, la defensa del investigado cuestionó la validez de las transcripciones de la declaración autoinculpatoria de su representado prestada en diciembre pasado, pero la juez asevera que el acto de la declaración del investigado donde confesó la autoría de los hechos "está válidamente documentado en soporte escrito", no constituyendo una transcripción del contenido audiovisual sino una redacción por escrito efectuada "en el mismo momento en el que el investigado declaraba que quedó convenientemente unida a la causa el mismo día de su práctica", estando así revestida de fe pública judicial.

Además, y en relación a la validez de las grabaciones, la juez recuerda en su resolución que ya dictó otro auto el día 21 de marzo pasado donde se pronunciaba sobre el particular y señalaba que la declaración del investigado se había documentado también por escrito y que ello "era válido".

En relación con la validez de las transcripciones de su declaración, el letrado de la defensa también planteó la vulneración del derecho de defensa de su patrocinado, punto en el que la instructora señala que "se ha salvaguardado su derecho de defensa", ya que, en su comparecencia, fue instruido de los hechos por los que comparecía y de los derechos que le asistían en presencia de su letrado, "firmando de su puño y letra dicha información de hechos y lectura de derechos".

De igual modo, la juez considera que, en este momento de la investigación, "siguen concurriendo las mismas circunstancias para mantener" la medida de prisión preventiva del encausado, "pues aunque haya variado su declaración y niegue la perpetración de los hechos, atribuyendo los mismos a su ex pareja, los indicios objetivos sobre su participación son abundantes".