
Según la Audiencia Nacional, Tous contraviene la ley porque, aunque la firma catalana alega que el relleno de polímero que usa en su piezas está aceptado por la normativa de metales preciosos, el producto final aparenta ser una pieza totalmente de plata, cuando en realidad no lo es, según indican los servicios informativos de Canal Sur.
La Audiencia Nacional indica que Tous omite en la publicidad de sus productos una parte de su composición, privando a los consumidores de un conocimiento completo del producto.
La Sala de lo Penal considera que el recurso de Consujoya no puede calificarse de temerario o teñido de mala fe, y revoca la condena a costas impuesta en el auto apelado.