Tráfico pone en marcha el registro obligatorio de patinetes eléctricos

La inscripción será imprescindible  para poder contratar el seguro obligatorio
Patinetes eléctricos. Fuente: Imagen de Archivo
photo_camera Patinetes eléctricos. Fuente: Ayuntamiento de Moguer

El Gobierno ha dado luz verde al nuevo Registro de Vehículos Personales Ligeros, una medida que afecta directamente a los patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal. La normativa fue aprobada el pasado 27 de enero por el Consejo de Ministros mediante real decreto y regula de forma obligatoria la inscripción de estos vehículos en el Registro Nacional de Vehículos.

El registro, que gestiona la Dirección General de Tráfico, es un paso previo imprescindible para poder contratar el seguro obligatorio. Circular sin dicho seguro conlleva sanciones económicas que oscilan entre los 250 y los 800 euros, en función del tipo de vehículo y sus características técnicas.

La normativa distingue entre dos tipos de vehículos de movilidad personal. Por un lado, los patinetes que cuentan con certificado de circulación, que cumplen los requisitos técnicos y de seguridad establecidos en el Manual de Características de los VMP. Desde el 22 de enero de 2024 solo pueden comercializarse modelos certificados, identificados mediante una placa de marcaje de fábrica única, permanente y legible.

Por otro lado, se encuentran los patinetes que no disponen de certificado de circulación. Estos vehículos podrán seguir circulando de forma transitoria hasta el 22 de enero de 2027, pero también deberán inscribirse en el registro y contar con seguro obligatorio para poder circular legalmente durante ese periodo.

El proceso de inscripción se realiza de forma telemática a través de la sede electrónica de la DGT y requiere aportar los datos del titular, el número de serie o certificado del vehículo y la documentación técnica correspondiente. Una vez abonada la tasa administrativa, el propietario obtendrá un certificado digital de inscripción y podrá adquirir la etiqueta identificativa que deberá colocarse en el patinete.

La norma también regula los cambios de titularidad y la baja de los vehículos. En caso de cambio de propietario, el trámite deberá realizarse en un plazo máximo de 30 días. Al final de su vida útil, los patinetes deberán darse de baja en un centro autorizado, que comunicará electrónicamente su destrucción al Registro Nacional de Vehículos.

Con esta medida, impulsada por el Ministerio del Interior, el Gobierno busca reforzar la seguridad vial, mejorar el control administrativo y garantizar que todos los vehículos de movilidad personal circulen con las mismas obligaciones en materia de responsabilidad y seguro.